La necesidad de elaborar un censo nacional sobre estudiantes universitarios con discapacidad se fundamentaba en la escasez de datos actualizados sobre el número de estudiantes con discapacidad presentes en las universidades españolas, que dificulta la planificación de mejores y más ajustadas políticas para la inclusión del alumnado universitario con discapacidad y la mejora en la calidad de la atención educativa, y en el hecho de que la exención de precios públicos universitarios a favor de las personas con discapacidad, recogida en la Disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre y regulada por todas las comunidades autónomas, hacía pensar que todas las universidades públicas debían contar con información sobre los estudiantes matriculados con discapacidad.
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