Las universidades públicas son entidades públicas autónomas que forman parte del sector público institucional, que están dotadas de personalidad jurídica propia, y cuyo objeto social exclusivo es la educación superior mediante la preparación para el ejercicio de actividades profesionales o, entre otros, la creación, desarrollo y transmisión de la ciencia, la técnica y la cultura.
En el artículo 27 de la Constitución Española se regula el derecho a la educación y el régimen jurídico universitario, por lo que queda de manifiesto la autonomía universitaria y la capacidad de autogobierno de las universidades, matizándose en el punto siete de dicho artículo los derechos de los miembros de la comunidad educativa a participar en la gestión y control de la universidad.
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